Hoy, 6 de octubre de 2026, entra en vigor la Orden HAC/1028/2026, que regula los elementos técnicos y funcionales de la Solución Pública de Facturación Electrónica y completa el desarrollo del sistema previsto en el Real Decreto 238/2026.
Su entrada en vigor tiene una consecuencia especialmente relevante para las empresas: desde hoy comienza el cómputo de los plazos para la aplicación efectiva de la factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales.
¿Cuándo deberán estar preparadas las empresas?
6 de octubre de 2027 ➔ La obligación será exigible para los empresarios y profesionales cuyo volumen de operaciones haya superado los 8 millones de euros durante el año natural anterior.
6 de octubre de 2028 ➔ La obligación se extenderá al resto de empresarios y profesionales incluidos en el ámbito de aplicación de la normativa.
El nuevo sistema no supone únicamente sustituir una factura en papel o PDF por un formato electrónico. Implica adaptar los procesos de emisión y recepción de facturas, intercambio de información, comunicación de determinados estados y pagos e integración con las plataformas de facturación.
Para las direcciones financieras, el calendario que comienza hoy hace recomendable revisar con suficiente antelación los sistemas actuales, los circuitos internos de facturación y la coordinación con proveedores tecnológicos y otras áreas de la organización.
La adaptación será progresiva, pero la preparación empieza ahora.
Desde ASSET continuaremos siguiendo de cerca el desarrollo de esta normativa y trasladando sus principales implicaciones a los profesionales de la dirección financiera.
Consulta la Orden HAC/1028/2026 en el BOE: